SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO
Generalidades

   
 

 

El Arancel Centroamericano de Importación está constituido por el SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO (SAC) y los correspondientes Derechos Arancelarios a la Importación (D.A.I.).

El código numérico de S.A.C. está representado por ocho dígitos que identifican, los dos primeros, al capítulo; los dos siguientes, a la partida; el tercer par, a la subpartida; y los dos últimos, a los incisos.

La identificación de las mercancías se hará siempre con los ocho dígitos de dichos código numérico.

La presente edición incluye las modificaciones a los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) aplicables en el marco del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, Tratado de Libre Comercio de la República de Nicaragua y los Estados Unidos Mexicanos en la columna “DAI MEX” y Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y República Dominicana en la columna “DAI DOM”.

También contiene los impuestos internos establecidos en la Ley N ° 453, Ley de Equidad Fiscal, publicada en “ La Gaceta ”, Diario Oficial N° 82 del 06 de mayo del 2003 y Decreto Nº 46-2003, Reglamento de la Ley N º 453, Ley de Equidad Fiscal, publicado en “ La Gaceta ”, Diario Oficial N° 109 y 110 del 12 y 13 de junio del 2003, respectivamente, y Acuerdo Interministerial Nº 02-2003 del MHCP – MIFIC – MAGFOR, publicado en “ La Gaceta ”, Diario Oficial N° 218 del 17 de Noviembre del 2003.

Las modificaciones o enmiendas a la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, incluyendo sus Notas Explicativas, que en el futuro sean aprobadas por el consejo de Cooperación Aduanera, así como las modificaciones a los Derechos e impuestos que gravan la importación de mercancías, derivados de las negociaciones internacionales y las reformas fiscales, se darán a conocer a través de los medios correspondientes.

VERSIÓN OFICIAL APLICABLE EN LA REPUBLICA DE NICARAGUA

  MANAGUA, NICARAGUA 18 DE NOVIEMBRE DEL 2003